BASES DEL
REMATE
1°.- Se
rematarán dos inmuebles en un mismo acto y como un solo paño y según sus
títulos: Los inmuebles corresponden a los siguientes: a) Propiedad ubicada en
calle Álvarez Pérez de la ciudad y comuna de Illapel,
Provincia del Choapa, Región de Coquimbo, de una
superficie aproximada de nueve metros de frente, siete metros cincuenta
centímetros de contra-frente y cincuenta metros de fondo, y deslinda según sus
títulos al Norte con propiedad de don Braulio Ortiz; al Sur calle de su ubicación;
al Oriente con resto de la propiedad de señor Ibacache;
y al Poniente con propiedad de don Avelino Melo Jara; b) inmueble ubicado en
calle Freire esquina Álvarez Pérez de la ciudad de Illapel,
que corresponde al Lote número dos, del plano de subdivisión que se protocolizó
al final del registro de instrumentos públicos de la notaría de Illapel bajo el número ciento treinta y cinco,
correspondiente al año mil novecientos setenta y ocho, actualmente a cargo del
archivero provincial; sus deslindes y medidas son los siguientes: Al Norte en
cinco metros con propiedad de Carmen Tapia, hoy de Guido Becker; Al Sur: en la
misma dimensión, con calle del Rio, hoy calle Álvarez Pérez; Al Oriente: en
dieciséis metros con propiedad de Alfredo Becker, hoy Nelly Cañas Jorquera y
otra; y al Poniente: en dieciséis metros, con lote número uno, vendido a don
Mario Aguirre Bustamante.
2º.- Ambas
propiedades, rolan inscritas a fojas mil quinientos sesenta y siete número mil
doscientos sesenta y dos, año dos mil dos, a fojas novecientos noventa número
quinientos ochenta y uno, año dos mil catorce y a fojas mil ochocientos noventa
y seis número mil cincuenta y tres, año dos mil dieciocho, todas del Registro
de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Illapel.
Las propiedades se encuentran libres de gravámenes, prohibiciones, embargos o
litigios. Roles de contribuciones cero guión catorce y cero guión veinticuatro, ambos
correspondientes a la comuna de Illapel.
3º.-Respecto
del precio y demás condiciones del remate:
a) El remate se llevará a cabo el día Miércoles
dieciséis de Enero de dos mil diecinueve, a las diecinueve treinta horas, en la
oficina del Juez Partidor en Avenida Ignacio Silva 98, oficina doscientos tres, Illapel
b) El mínimo para las posturas es la suma de
ciento dos millones de pesos.
c) Para tener derecho a participar en la subasta
los interesados deberán consignar previamente un Vale Vista endosable a nombre
del Juez árbitro, don Juan Luis Berger Mercado por la suma de diez millones de
pesos. Las partes no necesitarán garantía para participar en el remate. Podrán
también ser adjudicatarios con cargo a su cuota en la masa proindivisa.
d) El precio de
las propiedades adjudicadas se pagará dentro de cinco días hábiles, después del
remate, mediante Vale Vista a nombre del Juez árbitro don Juan Luis Berger
Mercado. Si no lo hiciere en el plazo señalado, el subastador perderá su
garantía, que se
usará en cubrir los gastos del remate y el resto
acrecerá la masa. Si el adjudicatario fuese parte en los autos arbitrales,
tendrá un plazo máximo de treinta días corridos para enterar la diferencia del
monto de la adjudicación. Si no lo hiciere dentro de este plazo, será de su
cargo los gastos del nuevo llamado a remate. El plazo para firmar el acta de
remate será de cinco días desde la fecha del mismo. Una vez extendida la
escritura pública de adjudicación, el subastador deberá suscribirla dentro del
plazo de quince días hábiles. En el evento que no se enterara el precio del
remate o no se firmara el acta y la escritura dentro de los plazos señalados,
el remate quedará sin efecto de pleno derecho y sin ulterior reclamo.
e) El subastador, deberá designar domicilio
dentro del radio urbano de Illapel, en el acto del
remate, a fin de remitírsele, según corresponda los documentos extendidos y
para su notificación por correo electrónico válido, bajo apercibimiento de que,
si así no lo hiciere, se le notificarán todas las actuaciones posteriores por
el estado diario del juicio arbitral.
f) Las propiedades se rematarán en el estado
material y jurídico en que actualmente se encuentran, como cuerpo cierto, con
todo lo edificado, construido, plantado, con todos sus usos, derechos,
costumbres y servidumbres estado que será conocido por los postores
previamente, en los días de exhibición que serán como mínimo con tres días
anteriores al remate, no dando lugar a ninguna alegación antes, durante o
después del remate. El sólo hecho de participar como postor en el remate,
implica conocimiento y aceptación del estado del inmueble.
g) Serán de cuenta exclusiva del subastador
todos los gastos, de escrituración, derechos notariales y del Conservador de
Bienes Raíces.
h) Las
propiedades se entregarán libres de ocupantes, en el plazo de quince días
corridos contados desde la fecha de inscripción de las propiedades en el
Registro de Propiedad en el Conservador de Bienes Raíces a nombre del
subastador.
4°.-
Respecto de las publicaciones del remate
a) Las
publicaciones necesarias, no menos de cuatro, serán publicadas, una de ellas en
el Diario El Mercurio, debiendo ser éste de circulación nacional, a lo menos 15
días antes del día remate y los avisos restantes en diarios de la región.
Con lo actuado se pone termino a la audiencia firmando
las partes comparecientes con el señor Juez Arbitro y actuario que autoriza.