BIENES PUBLICOS

Son todos aquellos bienes que son de dominio de la nación en su conjunto y que además su uso pertenece a todos los habitantes de la nación.(artículo 589 inciso 2 del Código Civil) Ejemplo: calles, puentes, plazas, etc.


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Diccionario Jurídico Chileno - Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.