| HONORARIO COMO PROCURADOR |
Artículo XIV. Si el abogado ha actuado, además, como procurador de su patrocinado, el honorario que le corresponda, de acuerdo con este Arancel, se aumentará en un diez por ciento, en cualquier clase de juicios o asuntos judiciales.
- Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.
[Portada] [Anterior] [Siguiente]