TRIBUNALES

Los tribunales son organismos de derecho público, en donde se resuelven los conflictos jurisdiccionales que le presentan las partes y que en virtud de lo ordenado por la ley, pueden conocer, fallar y hacer cumplir lo fallado (artículo 1º Código Orgánico de Tribunales). El domicilio de éste determina el ámbito de su competencia territorial y la extensión de los plazos para cada actuación en una causa. Los tribunales pueden ser unipersonales o colegiados. Estos últimos son normalmente las Cortes de Apelaciones o la Corte Suprema. Conforme la reforma procesal penal, ahora son tribunales colegiados los "tribunales orables en lo penal". A los tribunales les corresponderá el conocimiento de todos los asuntos judiciales que se promuevan en el orden temporal dentro del territorio de la República cualquiera que sea su naturaleza o la calidad de las personas que en ellos intervengan, salvo las excepciones que señale la ley.

Integran el Poder Judicial, como tribunales ordinarios de justicia:

1. La Corte Suprema 2. Las Cortes de Apelaciones 3. Los Presidentes y Ministros de Corte, 4. Los Juzgados de Letras.

5. Los juzgados de Garantía y 6. Los Juzgados orales en lo penal


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