SENTENCIA ABSOLUTORIA Y MEDIDAS CAUTELARES |
PERSONALES.
Una vez que se comunica a las partes la absolución, el tribunal dispondrá, en forma inmediata, el alzamiento de las medidas cautelares personales que se hubieren decretado en contra del acusado y ordenará se tome nota de este alzamiento en todo índice o registro público y policial en el que figuraren. También se ordenará la cancelación de las garantías de comparecencia que se hubieren otorgado.
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