JUEZ TITULAR

Es aquel que ha sido nombrado por el Presidente de la República, previa terna de la respectiva Corte de Apelaciones y que una vez que haya prestado el juramento de rigor ante el Presidente de la Corte de Apelaciones correspondiente a la jurisdicción de su nombramiento, queda investido legalmente para el desempeño de su cargo y se hace propietario de este.


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