| SECRETARIO JUDICIAL |
Los secretarios de las Cortes y juzgados, son ministros de fe pública encargados de autorizar, salvo las excepciones legales, todas las providencias, despachos y actos emanados de aquellas autoridades, y de custodiar los procesos y todos los documentos y papeles que sean presentados a la Corte o juzgado en que cada uno de ellos debe prestar sus servicios. (La autorización se lleva a cabo en la práctica, firmando junto con el juez o los ministros de la Corte)
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