PRESCRIPCION -MEDIA-

Se aplica a la prescripción de la acción penal y de la prescripción de la pena, cuando ya haya transcurrido la mitad del plazo que se exige en cada caso y el delincuente se presentare o fuere habido antes de completar el plazo. En tal caso, el juez aplicará la pena con dos o más circunstancias atenuantes muy calificadas y ninguna agravante y deberá aplicar las penas compensando entre atenuantes y agravantes del proceso, con la finalidad de rebajar la pena o para diminuir la ya establecida.

No se aplica la media prescripción a las faltas y las prescripciones especiales de corto tiempo.


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