PERSONALIDAD JURIDICA

La Personalidad Jurídica, es el reconocimiento que hace el Estado a una Corporación o Fundación, de su existencia y de sus estatutos. La otorga el Presidente de la República a través de un Decreto Supremo.

También existen organismos intermedios de la comunidad que obtienen su personalidad jurídica de manera diferente como ser las Juntas de Vecinos, los Centros de Padres, los Centros de Madres, los Sindicatos, etc etc.

Las Sociedades, adquieren su personalidad jurídica a través de la inscripción de su escritura de constitución, en el respectivo Registro de Comercio.


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Diccionario Jurídico Chileno - Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.