OPERACIONES DE CREDITO DE DINERO

Son aquellas por las cuales una de las partes entrega o se obliga a entregar una cantidad de dinero y la otra a pagarla en un momento distinto de aquel en que se celebra la convención. (artículo 1 de la Ley 18.010 que establece normas para las operaciones de crédito y otras obligaciones de dinero que indica.


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