Reapertura del procedimiento al cesar la causal de sobreseimiento temporal.

Artículo 254: Reapertura del procedimiento al cesar la causal de sobreseimiento temporal.

A solicitud del fiscal o de cualquiera de los restantes intervinientes, el juez podrá decretar la reapertura del procedimiento cuando cesare la causa que hubiere motivado el sobreseimiento temporal.


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