| Deberes de los asistentes a la audiencia del juicio oral. |
Artículo 293: Deberes de los asistentes a la audiencia del juicio oral.
Quienes asistieren a la audiencia deberán guardar respeto y silencio mientras no estuvieren autorizados para exponer o debieren responder a las preguntas que se les formularen. No podrán llevar armas ni ningún elemento que pudiere perturbar el orden de la audiencia. No podrán adoptar un comportamiento intimidatorio, provocativo o contrario al decoro.
- Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.