| NOTIFICACION DE PROTESTO DE CHEQUE. |
40) El honorario se calculará sobre el valor del cheque, debidamente reajustado y con los intereses respectivos, aplicando la siguiente escala con su porcentaje respectivo: a) Hasta ocho ingresos mínimos anuales, el 10% con un mínimo de un medio ingreso mínimo mensual. Sobre el exceso, el 5%.
b) Cuando a la notificación del protesto de un cheque se le siguiere la acción criminal, el honorario total será el que resulte de aplicar la letra a) de éste número aumentado en 10 puntos porcentuales.
Si la acción criminal fuere patrocinada por un abogado distinto, el honorario así determinado se deducirá el honorario que deba corresponder al patrocinante de la gestión de notificación de protesto.
c) Si a la notificación se siguiere la acción ejecutiva, el honorario será el que corresponda al juicio ejecutivo, aumentado en un 20%.
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