SEGURO DE DESGRAVAMEN |
Es aquel seguro que en caso de muerte, la compañía cancela al acreedor del asegurado la deuda o el saldo de deuda que éste que mantenía pendiente, liberando a los herederos que vienen a ser los beneficiarios.
Diccionario Jurídico Chileno - Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.