RELACION

Es aquella actuación judicial pública que constituye la vista de la causa, y consiste en una exposición razonada y metódica que hace el Relator al tribunal para que pueda compenetrarse del asunto sometido a su decisión. Las relaciones deben ser de manera tal que la Corte quede cabalmente instruida del asunto que esta sometido a su conocimiento, dando fielmente razón de todos los documentos y hechos que puedan contribuir a aquel objeto.


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