PRESIDIO MAYOR

Cuando la ley señala que la pena es de presidio mayor en cualquiera de sus grados, el juez puede aplicar desde 5 años y un día a 20 años, de acuerdo a las circunstancias del hecho delictual.


[Portada]  [Anterior]  [Siguiente]

Diccionario Jurídico Chileno - Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.