PARIENTES |
Son aquellas personas que se encuentran unidos por un vinculo de parentesco ya sea por consanguinidad o afinidad. La ley cuando señala que se oirán a los parientes de una determinada persona se entienden por estos:
a. El cónyuge b. Sus consanguíneos de uno u otro sexo, mayores de edad.
c. A falta de consanguíneos de suficiente numero serán oídos sus afines.
Diccionario Jurídico Chileno - Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.