FALTA

La falta es un hecho prohibido por la ley, o los reglamentos aunque no cause daño, o que causando daño sea de mínima cuantía, pero que la ley no ha definido o sancionado con una pena en el Código Penal o en leyes especiales. La falta es, desde el punto de vista de la infracción penal, un hecho de mínima cuantía. Por de pronto cuando las lesiones que ve un juzgado penal se acreditan que no revisten una característica mayor a la de lesiones de mediana gravedad, el juez del crimen deberá enviar los antecedentes del hecho al tribunal de Policía Local, por que ha pasado a ser hecho de mínima categoría. Vea faltas.


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Diccionario Jurídico Chileno - Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.