CONSENTIMIENTO

Es el acuerdo de dos voluntades o más personas sobre un objeto jurídico. Para que Ud. celebre un contrato de cualquier especie necesita mutuo consentimiento, es decir, la voluntad suya y la de otra persona para contratar. El Código Civil hace sinónimo las voces: voluntad y consentimiento


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Diccionario Jurídico Chileno - Derechos Reservados ® 2001 INFOIUS Ltda.